{"id":80,"date":"2026-10-17T14:33:13","date_gmt":"2026-10-17T14:33:13","guid":{"rendered":"https:\/\/notisemaforo.com\/1\/?page_id=80"},"modified":"2026-10-17T14:33:48","modified_gmt":"2026-10-17T14:33:48","slug":"v-la-verdad-sobre-la-gestion-de-2024-y-la-paralisis-del-proyecto-de-semaforizacion-inteligente-ssi-en-santiago-de-cali","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/notisemaforo.com\/1\/?page_id=80","title":{"rendered":"IV.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LA VERDAD SOBRE LA GESTI\u00d3N DE 2024 Y LA PAR\u00c1LISIS DEL PROYECTO DE SEMAFORIZACI\u00d3N INTELIGENTE (SSI) EN SANTIAGO DE CALI"},"content":{"rendered":"<h1>IV.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LA VERDAD SOBRE LA GESTI\u00d3N DE 2024 Y LA PAR\u00c1LISIS DEL PROYECTO DE SEMAFORIZACI\u00d3N INTELIGENTE (SSI) EN SANTIAGO DE CALI<\/h1>\n<h2>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 1. La Resoluci\u00f3n No. 4152.010.21.0.0094 de 2024: La Supresi\u00f3n de la Capacidad T\u00e9cnica Instalada<\/h2>\n<p>La investigaci\u00f3n t\u00e9cnica e institucional sobre el desarrollo del Proyecto de Semaforizaci\u00f3n Inteligente (SSI) revela que las causas fundamentales de su par\u00e1lisis f\u00edsica y tecnol\u00f3gica no se gestaron durante su estructuraci\u00f3n en 2023, sino a partir de decisiones administrativas adoptadas a inicios del a\u00f1o 2024.<\/p>\n<p>Tras haberse completado en 2023 una rigurosa fase de planeaci\u00f3n, viabilidad t\u00e9cnica, control de pagos por hitos de suministro y alertas documentadas en las mesas de empalme, la administraci\u00f3n entrante modific\u00f3 dr\u00e1sticamente la estructura de gobernanza del proyecto. Esta determinaci\u00f3n se formaliz\u00f3 el 9 de febrero de 2024 con la expedici\u00f3n de la <strong>Resoluci\u00f3n No. 4152.010.21.0.0094<\/strong>, <em>\u00abPor medio de la cual se establecen los equipos internos de trabajo de la Secretar\u00eda de Movilidad de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones\u00bb<\/em> (Fuente: resolucion 0094 d febrero 9 de 2024.pdf, p\u00e1g. 1).<\/p>\n<p>Mediante este acto administrativo, suscrito por el Secretario de Movilidad Wilmer Tabares Mar\u00edn con el soporte de la Jefe de Unidad de Apoyo a la Gesti\u00f3n, Liliana L\u00f3pez, se orden\u00f3 la disoluci\u00f3n total del Grupo de Sistemas Inteligentes de Transporte (ITS). Esta decisi\u00f3n elimin\u00f3 el n\u00facleo t\u00e9cnico especializado que operaba como supervisor directo y auditor tecnol\u00f3gico de los contratos No. 4152.010.26.1.002.2023 (Lote 1 &#8211; Software SCA) y No. 4152.010.26.1.003.2023 (Lote 2 &#8211; Infraestructura f\u00edsica e ITS), generando impactos determinantes:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Erradicaci\u00f3n del Control Especializado:<\/strong> Se desarticul\u00f3 la estructura t\u00e9cnica organizada en c\u00e9lulas (Ingenier\u00eda de Tr\u00e1fico, TICs, Mantenimiento), la cual hab\u00eda sido creada para fiscalizar la interoperabilidad bajo el est\u00e1ndar abierto OCIT y la calibraci\u00f3n l\u00f3gica de los sem\u00e1foros.<\/li>\n<li><strong>Degradaci\u00f3n Cualitativa y Reducci\u00f3n del Personal:<\/strong> La Secretar\u00eda redujo el personal calificado asignado al monitoreo en v\u00eda y en la Central SCALA. Se prescindi\u00f3 de los perfiles con nivel de posgrado en transporte, gerencia de proyectos bajo lineamientos PMI y anal\u00edtica de datos \u2014quienes hab\u00edan alcanzado una calificaci\u00f3n del 100% de efectividad en las auditor\u00edas del Departamento Administrativo de Control Interno\u2014, sustituy\u00e9ndolos por un equipo sin la curva de aprendizaje ni las competencias t\u00e9cnicas requeridas para liderar contratos de suministro tecnol\u00f3gico de escala internacional.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 2. El Conocimiento Previo del Diagn\u00f3stico T\u00e9cnico y la Decisi\u00f3n Administrativa<\/h2>\n<p>Los registros institucionales demuestran que la administraci\u00f3n posesionada en 2024 no tom\u00f3 estas determinaciones por desinformaci\u00f3n. El Secretario Wilmer Tabares, el Subsecretario Carlos David Garc\u00eda y el equipo t\u00e9cnico entrante (incluyendo al delegado Gustavo Cambindo) contaban con un diagn\u00f3stico completo sobre las necesidades del sistema.<\/p>\n<p>La complejidad de la integraci\u00f3n, los desaf\u00edos log\u00edsticos de los contratistas y la urgencia de contar con personal altamente especializado hab\u00edan quedado consignados en las actas de empalme de noviembre de 2023, el informe cuatrienal de gesti\u00f3n, la entrega de claves y accesos a los tableros anal\u00edticos en Looker Studio y en los propios oficios que el Alcalde Alejandro Eder dirigi\u00f3 a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica en enero de 2024.<\/p>\n<p>Por lo tanto, la supresi\u00f3n del Grupo ITS mediante la Resoluci\u00f3n No. 0094 de 2024 correspondi\u00f3 a una decisi\u00f3n administrativa consciente que prescindi\u00f3 del equipo que auditaba a los ejecutores en campo. Esta medida despoj\u00f3 a la inversi\u00f3n distrital de su capacidad de respuesta operativa y t\u00e9cnica, constituyendo el punto de quiebre que desemboc\u00f3 en la par\u00e1lisis del sistema.<\/p>\n<h2>3.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 3. Impacto Operativo Inmediato: El Abandono de la Central SCALA y la Crisis en V\u00eda<\/h2>\n<p>La desarticulaci\u00f3n del equipo t\u00e9cnico provoc\u00f3 una desatenci\u00f3n directa en los dos pilares neur\u00e1lgicos del sistema semaf\u00f3rico:<\/p>\n<h2>3.1. 3.1. La Desatenci\u00f3n de la Central SCALA (El Cerebro del Sistema)<\/h2>\n<p>En el marco de la mesa de empalme t\u00e9cnico documentada en el <strong>Acta de Reuni\u00f3n No. 4152.010.14.12.016 del 17 de noviembre de 2023<\/strong>, se advirti\u00f3 a los delegados del gobierno entrante sobre el riesgo inminente de inoperancia en el Centro de Control de Tr\u00e1fico (CCT). La minuta dej\u00f3 constancia expl\u00edcita de que la operatividad de la Central SCALA depend\u00eda exclusivamente de contratistas por prestaci\u00f3n de servicios y que era mandatorio contratar de forma prioritaria a <em>\u00abal menos 12 contratistas\u00bb<\/em> (operadores y t\u00e9cnicos de sistemas) para mantener el monitoreo continuo desde el 1 de enero de 2024.<\/p>\n<p>Pese a esta notificaci\u00f3n formal, la nueva direcci\u00f3n de la Secretar\u00eda no garantiz\u00f3 la contrataci\u00f3n oportuna de dicho personal. La falta de operadores deriv\u00f3 en que la Central de Tr\u00e1fico SCALA \u2014repotenciada a su versi\u00f3n 8.3\u2014 quedara sin el equipo humano necesario para realizar el control y la supervisi\u00f3n 24\/7 de las intersecciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>3.2. P\u00e9rdida de Respuesta ante Contingencias El\u00e9ctricas (El Cuerpo del Sistema)<\/strong><\/p>\n<p>El despliegue de hardware en las intersecciones (Lote 2) requer\u00eda una capacidad de reacci\u00f3n inmediata para solventar contingencias f\u00edsicas externas. En el <strong>Informe Ejecutivo del 29 de diciembre de 2023<\/strong> (Radicado No. 202341520200008954), se emiti\u00f3 una recomendaci\u00f3n t\u00e9cnica concluyente:<\/p>\n<p><em>\u00abNo obstante, la principal causa de fallas para el sistema de semaforizaci\u00f3n en toda la ciudad corresponde a la intermitencia y fluctuaci\u00f3n de energ\u00eda. Por esta raz\u00f3n se recomienda mitigar estas causales de falla con la optimizaci\u00f3n de los puntos de acometida&#8230;\u00bb<\/em> (Fuente: 1202341520200008954_afgg.pdf, p\u00e1g. 14).<\/p>\n<p>Durante 2023, estas contingencias energ\u00e9ticas eran atendidas por el Grupo ITS mediante levantamiento de incidentes con c\u00f3digos QR y control de bodegas bajo metodolog\u00eda 5S (PRESENTACI\u00d3N NOV17). Con la disoluci\u00f3n del grupo en febrero de 2024, la dependencia perdi\u00f3 su capacidad de respuesta operativa. Cuando se presentaron las fallas asociadas a la calidad del fluido el\u00e9ctrico a lo largo del a\u00f1o, la Secretar\u00eda careci\u00f3 de brigadas organizadas para restablecer los controladores, atribuyendo los apagones a presuntos defectos de planeaci\u00f3n original en lugar de a la falta de mantenimiento correctivo institucional.<\/p>\n<h2>4.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 4. La Inutilizaci\u00f3n de las Herramientas Digitales y Anal\u00edticas (Looker Studio)<\/h2>\n<p>La salida de los ingenieros especializados anul\u00f3 la utilidad de los instrumentos tecnol\u00f3gicos transferidos a la nueva administraci\u00f3n. En el <strong>Acta de Entrega T\u00e9cnica No. 4152.020.14.44.001 del 12 de enero de 2024<\/strong>, firmada por el delegado Gustavo Cambindo, se formaliz\u00f3 la transferencia de los paneles digitales de seguimiento:<\/p>\n<p><em>\u00ab6. Se concede acceso a los reportes digitales generados durante la ejecuci\u00f3n del contrato&#8230; 6.3. Reporte de estado de avance de proyecto de semaforizaci\u00f3n inteligente: <\/em><a href=\"https:\/\/lookerstudio.google.com\/\"><em>https:\/\/lookerstudio.google.com\/<\/em><\/a><em>&#8230;\u00bb<\/em> (Fuente: 20240112 Entrega contrato AFG.pdf, p\u00e1g. 2).<\/p>\n<p>Esta transferencia, ratificada bajo gravedad de juramento por el Ingeniero Andr\u00e9s Ochoa en diligencia testimonial practicada el 29 de octubre de 2025, acredit\u00f3 que la administraci\u00f3n 2024 recibi\u00f3 herramientas para monitorear el estado exacto de cada intersecci\u00f3n y sensor en tiempo real. Sin embargo, la ausencia de personal con dominio en anal\u00edtica de macrodatos (<em>Big Data<\/em>) impidi\u00f3 la interpretaci\u00f3n de las m\u00e9tricas, convirtiendo una herramienta de gesti\u00f3n estrat\u00e9gica en un sistema inoperante.<\/p>\n<h2>5.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 5. Examen de Competencias: La Idoneidad del Nuevo Equipo de Supervisi\u00f3n (2024)<\/h2>\n<p>El an\u00e1lisis objetivo de las hojas de vida y certificaciones laborales del equipo de supervisi\u00f3n estructurado en 2024 expone una desproporci\u00f3n entre la formaci\u00f3n del personal asignado y los requerimientos de un contrato de integraci\u00f3n tecnol\u00f3gica avanzada. Mientras el equipo de 2023 integraba posgrados internacionales en planificaci\u00f3n urbana, certificaciones PMP y experiencia en modelaci\u00f3n micro-simulada de tr\u00e1nsito, el personal designado en 2024 presentaba perfiles orientados a labores de infraestructura b\u00e1sica, mantenimiento convencional o \u00e1reas ajenas a la materia:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Carlos David Garc\u00eda Quintero (Subsecretario de Movilidad Sostenible y Supervisor L\u00edder):<\/strong> Su trayectoria certifica labores como Ingeniero Residente y Director de Estudios y Dise\u00f1os en obras civiles viales (Troncal Oriental del MIO y puentes vehiculares con Ingeodesa S.A.S. y Consorcio C.C.), ejecutando planes de manejo de tr\u00e1nsito y se\u00f1alizaci\u00f3n f\u00edsica. No obstante, dicha experiencia se enmarca en la obra civil y el urbanismo tradicional, careciendo de certificaciones o posgrados en arquitectura de software, ciberseguridad, topolog\u00eda de redes o protocolos de comunicaciones de tr\u00e1fico (OCIT).<\/li>\n<li><strong>Gustavo Adolfo Cambindo Mezu (Receptor T\u00e9cnico de Tableros Looker Studio):<\/strong> Acredita experiencia en temas de eficiencia energ\u00e9tica en EMCALI y un contrato de apoyo en 2016 para la red semaf\u00f3rica. Dicha trayectoria correspond\u00eda a la red an\u00e1loga operada ocho a\u00f1os antes, sin experiencia demostrada en anal\u00edtica de datos en la nube ni en protocolos europeos como OCIT-O. En el marco del proceso, el propio profesional declar\u00f3 no poseer el conocimiento espec\u00edfico para supervisar un sistema tecnol\u00f3gico de esta naturaleza.<\/li>\n<li><strong>Alexander Castillo Perdomo:<\/strong> Su certificaci\u00f3n en la firma Solutraffic acredita labores como <em>\u00abauxiliar de producci\u00f3n externa e interna y l\u00edder de ejecuci\u00f3n de proyectos donde realizabas funciones de montaje metalmec\u00e1nico de postes de semaforizaci\u00f3n, ensamble de equipos controladores&#8230; conducci\u00f3n de los veh\u00edculos de la empresa&#8230; adem\u00e1s de realizar funciones de seguridad y salud en el trabajo\u00bb<\/em>. Estas tareas, operativas y manuales, no supl\u00edan las funciones de ingenier\u00eda requeridas para auditar redes de sensores e interconexi\u00f3n l\u00f3gica.<\/li>\n<li><strong>Enrique Garc\u00eda Ortiz y Alexander L\u00f3pez Angulo:<\/strong> El primero, Ingeniero Electricista, acredit\u00f3 contratos en 2015 dedicados al <em>\u00abcambio de bombillo, instalaci\u00f3n y reparaci\u00f3n de cableado, instalaci\u00f3n y reparaci\u00f3n de postes de sem\u00e1foros\u00bb<\/em>. El segundo, T\u00e9cnico Electricista, contaba con experiencia en capacitaci\u00f3n sobre conductas de movilidad segura. Ninguno de los dos perfiles contaba con idoneidad para calibrar radares, c\u00e1maras t\u00e9rmicas o algoritmos adaptativos.<\/li>\n<li><strong>Milton Elkin Garc\u00eda Valencia:<\/strong> Present\u00f3 capacitaciones como operador de la versi\u00f3n original de la central SCALA y experiencia en el T\u00fanel Mundialista. El conocimiento de operario resultaba insuficiente para auditar una repotenciaci\u00f3n integral y la integraci\u00f3n de arquitecturas multimarca bajo est\u00e1ndares PMI. En actuaciones judiciales del propio Distrito de Cali contra los contratistas, la entidad reconoci\u00f3 que este funcionario no contaba con las competencias t\u00e9cnicas para acompa\u00f1ar el proyecto.<\/li>\n<li><strong>Perfiles Administrativos y Jur\u00eddicos Externos (Deolimar Segura S\u00e1nchez y Diana Carolina Reina Cardona):<\/strong> Segura acredit\u00f3 como experiencia principal la docencia de medio tiempo en INTENALCO. Reina, abogada de apoyo jur\u00eddico, acredit\u00f3 experiencia en corporaciones p\u00fablicas legislativas (Senado y C\u00e1mara) y en el Ministerio de Agricultura. La asignaci\u00f3n de estos profesionales evidenci\u00f3 la falta de experiencia en contrataci\u00f3n p\u00fablica de componentes tecnol\u00f3gicos de alta complejidad.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>6.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La Posici\u00f3n Institucional de la Secretar\u00eda en 2024: Trazabilidad de Comunicaciones y Bloqueos<\/h2>\n<p>El an\u00e1lisis cronol\u00f3gico de los oficios expedidos entre febrero y marzo de 2024 revela un patr\u00f3n administrativo que condujo a la detenci\u00f3n del proyecto, proyectado por el equipo conformado por Carlos David Garc\u00eda, Diana Reina y Gustavo Cambindo:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Informe Preliminar y Solicitud de Suspensi\u00f3n (09 de febrero de 2024 &#8211; Oficios No. 202441520200000194 y No. 202441520200000204):<\/strong> La supervisi\u00f3n adujo que el contrato carec\u00eda de <em>\u00abdebido seguimiento, vigilancia y control\u00bb<\/em> (Fuente: 1202441520200000194_00001_AFGG.pdf, p\u00e1g. 31) y solicit\u00f3 su suspensi\u00f3n inmediata bajo el argumento de requerir una interventor\u00eda externa. Esta postura omiti\u00f3 que la supervisi\u00f3n directa era legalmente viable para contratos de suministro y desconoci\u00f3 la auditor\u00eda de Control Interno que en 2023 calific\u00f3 la supervisi\u00f3n con un 100% de efectividad.<\/li>\n<li><strong>Bloqueo de Informaci\u00f3n T\u00e9cnica de Fibra \u00d3ptica (05 de marzo de 2024 &#8211; Oficio No. 202441520200003011):<\/strong> La Secretar\u00eda neg\u00f3 formalmente a la UT SCC-SITS 2023 el acceso a los planos de la red de fibra \u00f3ptica municipal, argumentando que <em>\u00abpor t\u00e9rminos de pol\u00edticas de seguridad de la informaci\u00f3n, DATIC indica que no es posible compartir dicha informaci\u00f3n\u00bb<\/em> (Fuente: 1202441520200003011_00001.pdf, p\u00e1g. 1). Esta negativa impidi\u00f3 materialmente al contratista realizar las pruebas de conectividad al\u00e1mbrica de los controladores hacia la red REMI.<\/li>\n<li><strong>Apertura de Requerimientos Administrativos (Febrero y Marzo de 2024 &#8211; Radicados No. 202441520200000444, No. 202441520200000654 y No. 202441520200000844):<\/strong> La supervisi\u00f3n concentr\u00f3 la gesti\u00f3n en aspectos de forma (vencimientos de Planes de Manejo de Tr\u00e1nsito y actualizaciones de p\u00f3lizas), solicitando el inicio de <em>\u00abprocesos de incumplimientos correspondientes de manera prioritaria\u00bb<\/em> (Fuente: 12032024 Comunicado Oficial &#8211; 202441520200000844.pdf, p\u00e1g. 4). La gesti\u00f3n se enfoc\u00f3 en procesos sancionatorios antes que en solventar la conectividad de los equipos.<\/li>\n<li><strong>Demora en la Entrega de Herramientas de Conectividad (05 de marzo de 2024 &#8211; Oficio No. 202441520200003021):<\/strong> La entidad reconoci\u00f3 contar con los \u00abCertificados OpenVPN\u00bb y los \u00abRouter DIGI IX20\u00bb suministrados en la vigencia anterior, pero posterg\u00f3 su entrega y configuraci\u00f3n en campo argumentando esperar la <em>\u00abdisponibilidad del personal del proyecto\u00bb<\/em> (Fuente: 05032024 Comunicado Oficial &#8211; 202441520200003021.pdf), acumulando semanas de retraso en la integraci\u00f3n remota.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>7.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El Testimonio de Diana Reina Cardona y su An\u00e1lisis Procesal<\/h2>\n<p>En la diligencia de testimonio practicada el 26 de marzo de 2026 compareci\u00f3 la abogada Diana Carolina Reina Cardona, contratista de apoyo a la supervisi\u00f3n en 2024. La testigo sostuvo que el proyecto adolec\u00eda de fallas de planeaci\u00f3n y que era indispensable una interventor\u00eda externa. No obstante, al indagar sobre la capacidad del equipo para tomar decisiones t\u00e9cnicas o ejecutar el contrato en los plazos previstos, reconoci\u00f3 expresamente:<\/p>\n<p><em>\u00abno est\u00e1bamos en la capacidad de hacerlo dentro de la subsecretar\u00eda de movilidad\u00bb<\/em> (Fuente: Transcripcion Diana Reina.docx, 00:51:41).<\/p>\n<p>El testimonio fue objeto de cuestionamientos procesales sustentados documentalmente:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Carencia de Idoneidad T\u00e9cnica:<\/strong> Sus certificaciones laborales (27 folios) acreditaron trayectoria en la C\u00e1mara de Representantes, el Senado y el Ministerio de Agricultura (Fuente: 56.2. Tacha_f.pdf, p\u00e1g. 1), sin experiencia en ingenier\u00eda de transporte o sistemas tecnol\u00f3gicos.<\/li>\n<li><strong>Inconsistencias Documentales:<\/strong> La testigo afirm\u00f3 haber revisado y proyectado los oficios de supervisi\u00f3n dirigidos al contratista. Sin embargo, la revisi\u00f3n de los informes contractuales evidenci\u00f3 que <em>\u00abNinguno de los oficios que citaba la testigo ten\u00eda su signo manuscrito de verificaci\u00f3n o visto bueno en los anexos de los informes de supervisi\u00f3n\u00bb<\/em> (Fuente: 57.2. Tacha credibilidad_F.pdf).<\/li>\n<li><strong>Cuestionamiento Legal sobre Revisiones Posteriores:<\/strong> Los hechos motivaron una solicitud de compulsa de copias disciplinarias y penales contra el Subsecretario Carlos David Garc\u00eda Quintero (Fuente: 55.2. Solicitud Compulsa_F.pdf, p\u00e1g. 2), fundamentada en la realizaci\u00f3n de revisiones administrativas a contratos en firme proscritas por la Ley 80 de 1993 y la exigencia de suspensiones contrarias al principio de econom\u00eda.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>8.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El Pronunciamiento Previo de la Contralor\u00eda General de Santiago de Cali (AEF\/DF No. 190-2023)<\/h2>\n<p>La tesis de la supuesta \u00abfalta de planeaci\u00f3n\u00bb e improcedencia de la supervisi\u00f3n interna hab\u00eda sido desestimada por el \u00f3rgano de control fiscal distrital antes del inicio del periodo 2024. A ra\u00edz de la Denuncia Fiscal No. 190-2023, la Contralor\u00eda General de Santiago de Cali emiti\u00f3 su <strong>Informe Final el 23 de agosto de 2023<\/strong> (Radicado No. VU 100012832023), determinando la legalidad t\u00e9cnica y jur\u00eddica del proceso contractual:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Validaci\u00f3n de la Estructura por Fases:<\/strong> El ente de control respald\u00f3 t\u00e9cnicamente la divisi\u00f3n del proyecto en Fase 1 (estudios de ingenier\u00eda de tr\u00e1fico y TICs) y Fase 2 (implementaci\u00f3n en 3 etapas: 1. Obras civiles; 2. Repotenciaci\u00f3n de la central; 3. Despliegue f\u00edsico y l\u00f3gico SSI-ITS). La Contralor\u00eda dictamin\u00f3 que esta arquitectura obedec\u00eda a criterios de gesti\u00f3n de proyectos, especialidad de proveedores, concurrencia p\u00fablica y optimizaci\u00f3n presupuestal con fabricantes directos como Yunex Traffic.<\/li>\n<li><strong>Legalidad de la Supervisi\u00f3n Directa frente a la Interventor\u00eda:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La Contralor\u00eda aclar\u00f3 taxativamente la norma aplicable al contrato:<\/p>\n<p><em>\u00abEs necesario aclarar que, la interventor\u00eda es obligatoria para los contratos de obra que devienen de un Proceso de Licitaci\u00f3n P\u00fablica, de conformidad con lo establecido en el Art\u00edculo 32 de la Ley 80 de 1993 y el Art\u00edculo 83 de la Ley 1474 de 2011&#8230; Los contratos derivados de la Licitaci\u00f3n P\u00fablica No. 4152.010.32.1.002.2023 no corresponden a contratos de obra, sino de suministro, y por lo tanto su vigilancia y control se realiza mediante supervisi\u00f3n con funcionarios de la Entidad&#8230;\u00bb<\/em> (Fuente: Informe Final AEF\/DF No. 190-2023, Vigencia 2023 emitido el 23 de agosto de 2023).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Inexistencia de Detrimento Patrimonial:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El dictamen concluy\u00f3 formalmente:<\/p>\n<p><em>\u00ab&#8230;ha podido constatar que la Secretar\u00eda de Movilidad, en el marco del proceso de Licitaci\u00f3n No. 4152.010.32.1.002.2023, que culmin\u00f3 con la formalizaci\u00f3n del contrato de suministro N\u00b0 4152.010.26.1.003.2023, ha cumplido con los principios constitucionales y legales inherentes al proceso contractual. Durante la evaluaci\u00f3n, no se ha identificado la presencia de indicios que sugieran un posible detrimento patrimonial derivado del uso indebido de los recursos p\u00fablicos, tampoco se han observado deficiencias significativas en la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos&#8230;\u00bb<\/em> (Fuente: \u00cddem).<\/p>\n<p>Este pronunciamiento t\u00e9cnico y fiscal, de car\u00e1cter p\u00fablico y disponible en los archivos institucionales, ratific\u00f3 la conformidad del contrato con el ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n<h2>9.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La Doctrina Vinculante de Colombia Compra Eficiente (Concepto C-1611 de 2025)<\/h2>\n<p>La interpretaci\u00f3n jur\u00eddica sobre la figura de control fue corroborada por la Agencia Nacional de Contrataci\u00f3n P\u00fablica (Colombia Compra Eficiente) en el <strong>Concepto C-1611 expedido el 15 de diciembre de 2025<\/strong>. Ante la consulta formal sobre si los contratos de suministro suscritos por entidades estatales requieren obligatoriamente interventor\u00eda externa, el ente rector dictamin\u00f3:<\/p>\n<p><em>\u00abNo. los \u00fanicos contratos que obligatoriamente deben contar con interventor\u00eda son los contratos de obra que se hayan adjudicado a trav\u00e9s de procesos de selecci\u00f3n bajo la modalidad de licitaci\u00f3n p\u00fablica.\u00bb<\/em><\/p>\n<p>Colombia Compra Eficiente precis\u00f3 que la supervisi\u00f3n directa es la regla general para vigilar negocios estatales y que la interventor\u00eda externa opera \u00fanicamente cuando la entidad carece de personal con conocimientos especializados. La Secretar\u00eda de Movilidad justific\u00f3 dicha suficiencia t\u00e9cnica en los estudios previos del proceso licitatorio, decisi\u00f3n que estuvo respaldada por la conformaci\u00f3n del Grupo ITS.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>10. La Denuncia Formal del Contratista: Alerta Temprana de Impericia (Febrero de 2024)<\/h2>\n<p>Las limitaciones t\u00e9cnicas de la supervisi\u00f3n designada en 2024 quedaron documentadas por el propio ejecutor de la tecnolog\u00eda. Mediante el <strong>Oficio con consecutivo 1B-060 del 27 de febrero de 2024<\/strong> (Radicado No. 202441730100551642), el Director del Proyecto de la Uni\u00f3n Temporal SCC-SITS 2023, Juan Carlos Monroy Su\u00e1rez, radic\u00f3 una alerta formal ante la Subsecretar\u00eda de Movilidad:<\/p>\n<p><em>\u00abLas deficiencias en las revisiones por parte del equipo de supervisi\u00f3n actual generan un riesgo para la correcta ejecuci\u00f3n del proyecto. Se observa una falta de conocimiento t\u00e9cnico y contractual, as\u00ed como una discontinuidad en la expertise con respecto al equipo anterior.\u00bb<\/em> (Fuente: Oficio con consecutivo 1B-060 del 27 de febrero de 2024 Radicado No. 202441730100551642, p\u00e1g. 2).<\/p>\n<p>En la misma comunicaci\u00f3n, el contratista formul\u00f3 recomendaciones institucionales para evitar la par\u00e1lisis del contrato:<\/p>\n<ul>\n<li><em>\u00abImplementar un programa de capacitaci\u00f3n para el equipo de supervisi\u00f3n actual en los aspectos t\u00e9cnicos y contractuales del proyecto&#8230; Crear un plan de empalme entre equipos de supervisi\u00f3n para asegurar la transferencia de conocimiento y experiencia\u00bb<\/em> (Fuente: \u00cddem).<\/li>\n<li><em>\u00abRevisar y actualizar la lista de chequeo para eliminar \u00edtems no contractuales\u00bb<\/em> (Fuente: \u00cddem), se\u00f1alando que la imposici\u00f3n de exigencias por fuera de los pliegos de condiciones entorpec\u00eda la normal ejecuci\u00f3n del suministro.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La trazabilidad contractual y documental acredita que el Proyecto de Semaforizaci\u00f3n Inteligente fue entregado a finales de 2023 con viabilidad t\u00e9cnica, respaldo fiscal de la Contralor\u00eda y herramientas digitales de monitoreo en tiempo real. Su posterior detenci\u00f3n durante la vigencia 2024 obedeci\u00f3 a la desarticulaci\u00f3n del equipo especializado de supervisi\u00f3n, la falta de gesti\u00f3n en la conectividad de la red municipal y la adopci\u00f3n de medidas administrativas contrarias a la naturaleza jur\u00eddica del contrato de suministro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>IV.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 LA VERDAD SOBRE LA GESTI\u00d3N DE 2024 Y LA PAR\u00c1LISIS DEL PROYECTO DE SEMAFORIZACI\u00d3N INTELIGENTE (SSI) EN SANTIAGO DE CALI 1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 1. 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